La Constitución española de 1978 fue una de las primeras del mundo en hacerse cargo de la preocupación social por la tutela del medio ambiente. En ella, el derecho al medio ambiente viene establecido en el artículo 45 y garantiza el derecho a convivir en un entorno natural adecuado para el desarrollo personal de la ciudadanía.
El derecho al medio ambiente en la Constitución se ha ordenado en tres párrafos característicos:
La Constitución de un país es el conjunto de principios, normas y reglas que pretenden establecer la forma de un Estado de Derecho y la sociedad que lo habita y, como hemos visto, uno de estos principios se ocupa del medio ambiente. De este modo, la constitución también hace proteger nuestros parques, ríos, aire limpio y todo lo que nos rodea.
Sin embargo, a diferencia de los derechos fundamentales que todos tenemos (como el derecho a la vida o a la libertad), este principio sobre el medio ambiente no tiene una forma específica definida dentro de nuestra Constitución y depende de las leyes concretas que establezca el poder político para protegerlo. Por lo tanto, consiste en un derecho relativo cuyo contenido y alcance lo determina el legislador.
No obstante, este principio es muy importante y existe un sector que considera que es tan fundamental como los derechos básicos, ya que su razón de ser es el desarrollo de la persona. Esta teoría sostiene que, si no cuidamos nuestro medio ambiente, esto podría afectar a nuestra calidad de vida y a nuestro bienestar, algo fundamental para nosotros.
Esta tesis encuentra apoyo en resoluciones como la sentencia 16798/1990 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, caso López Ostra contra España, en la que se plantearon molestias en un domicilio por ruidos, gases y olores generados por una planta depuradora de aguas y residuos. Aunque los tribunales no apreciaron una violación de los derechos fundamentales, el TEDH consideró que se había violado el derecho a la vida privada y familiar, ya que se les había privado del disfrute de su domicilio. La familia tuvo que afrontar las molestias causadas por la planta durante tres años hasta que, finalmente, se vio obligada a cambiar de domicilio.
El caso López Ostra contra España fue uno de los primeros ejemplos que determinaron cómo se ha estado vinculando, de una manera directa, el derecho a disfrutar del medio ambiente con el ejercicio de derechos fundamentales.